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VII

Directorio

Trimestral · Dirección general de administración

Todas las obligaciones del Artículo 33

Información histórica. Este artículo estuvo vigente hasta 2025. La información vigente se publica en el Artículo 55.

Descripción
El directorio de todos los Servidores Públicos, desde el Titular del sujeto obligado hasta el nivel, cuando: se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, fotografía, nivel del puesto en la estructura orgánica, perfil de los puestos, fecha de alta del cargo, número de telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
Periodo de actualización
Trimestral
Periodo de conservación
Información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior
Área responsable
Dirección general de administración
Última publicación
2026 · Segundo trimestre

Documentos publicados